Primeros auxilios - requisitos

El Código del Trabajo, y más precisamente la Ley Modificatoria de la Ley del 21 de noviembre de 2008 (Boletín Oficial de Leyes N° 223, ítem 1460), art. 2091 define los requisitos para los empleadores en el campo de los primeros auxilios. Todos los empleadores están obligados a cumplir con los requisitos de primeros auxilios.

La normativa obliga a los empresarios a:

  • proporcionar los recursos necesarios para proporcionar primeros auxilios en caso de incendio, evacuación u otras emergencias
  • indicación entre los empleados de la persona que será responsable de proporcionarla
  • garantizar el enlace con los servicios de emergencia

En el lugar de trabajo, el empleador debe indicar el empleado que manejará las medidas de primeros auxilios. Para este propósito, puede utilizar curso de primeros auxilios premédico, que incluye información teórica y ejercicios prácticos. El empleador también puede ordenar que todos los empleados sean capacitados en primeros auxilios. Después de completar la capacitación, sus participantes reciben los certificados correspondientes.

Las medidas de primeros auxilios en el lugar de trabajo deben adaptarse individualmente al perfil comercial de la empresa, así como al número de empleados y al tipo de riesgos. Para ello, el empresario puede utilizar los servicios de asesoramiento prestados por especialistas. Los empleadores que no cumplan con las disposiciones del Código de Ley y otras disposiciones relativas a los primeros auxilios pueden enfrentar sanciones económicas.

Cualquier persona interesada en utilizar este tipo de servicio. te invitamos cordialmente para utilizar los servicios de nuestro Centro!

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